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Elegibilidad

Inmigración está estableciendo un proceso para considerar las solicitudes de libertad condicional de ciertos cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses que han estado en los Estados Unidos durante al menos una década. Si se concede el parole, los que no son ciudadanos que reúnan los requisitos para solicitar la residencia permanente legal por su matrimonio con un ciudadano estadounidense podrán hacerlo sin tener que salir de los Estados Unidos. También podrán optar a un permiso de trabajo mientras esperan su tarjeta verde.

Para ser considerado a una concesión discrecional del permiso de permanencia usted debe:    

  • Estar presente en Estados Unidos después de haber entrado ilegalmente;
  • Haber estado presente en los Estados Unidos de forma continuada durante al menos 10 años.
  • Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense antes del 17 de junio de 2024.
  • No tener antecedentes penales descalificantes y
  • De otra manera merecer un ejercicio favorable de la discreción.

Lo que Puede Hacer Ahora

Aunque Inmigración no está aceptando solicitudes actualmente, usted puede comenzar a prepararse para presentar una solicitud de libertad condicional mediante la recopilación de pruebas de su elegibilidad

  • ACTA DE MATRIMONIO con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024.
  • PRUEBA DE IDENTIDAD, como por ejemplo
    • Pasaporte válido
    • Permiso de conducir o documento de identidad válido del Estado o del país; o
    • Cualquier documento expedido por el gobierno en el que figure su nombre, fecha de nacimiento y fotografía, como una matrícula o un documento nacional de identidad;
  • PRUEBA DE QUE SU CÓNYUGE ES CIUDADANO ESTADOUNIDENSE, como por ejemplo;
    • Pasaporte, certificado de nacimiento o certificado de naturalización;
  • PRUEBA DE PRESENCIA: Necesitamos documentación que acredite su presencia continuada en Estados Unidos durante al menos 10 años. Deberá proporcionar algo para CADA año

Ejemplos de documentación pueden ser copias de:

  • Recibos de renta
  • Facturas de servicios de utilidad pública;
  • Extractos bancarios
  • Expedientes escolares (cartas, boletines de notas, etc.);
  • Historiales médicos u hospitalarios;
  • Certificados de residencia expedidos por entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones que le identifiquen por su nombre;
  • Registros oficiales de una entidad religiosa que confirmen la participación en una ceremonia religiosa;
  • Recibos de cheques girados por dinero enviado a o desde Estados Unidos;
  • Actas de nacimiento de niños nacidos en Estados Unidos;
  • Transacciones bancarias fechadas;
  • Comprobantes de licencia, título o matrícula de automóvil;
  • Escrituras, hipotecas o contratos de alquiler;
  • Pólizas de seguros; o
  • Declaraciones o recibos de impuestos.

Empiece a recopilar estos documentos hoy mismo. El 19 de agosto de 2024, Inmigración anunciará las tasas de presentación y otros requisitos. Publicaremos más información al respecto en agosto.

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